Ley antitabaco
Los comprobados daños que el fumar tabaco provoca en la salud de las personas —incluyendo enfermedades letales como el cáncer—, así como el carácter adictivo que involucra su consumo, mueven a la autoridad a controlar la proliferación de ese hábito. Refuerza esa inquietud el que, adicionalmente, según se ha pretendido establecer —pero, al respecto, la evidencia es más tenue y no del todo concluyente—, el fumador pasivo corre riesgos similares a los del fumador primario, pero atenuados. El proyecto de ley antitabaco, recientemente despachado por el Senado, prohíbe fumar en una gran variedad de recintos donde se congregue público. Se exceptúan los patios abiertos de recintos privados y los lugares cerrados si son herméticos y con ventilación para evacuar el humo, y también los cabarets y discotecas, por considerarse que éstos tienen un público mayor de 18 años. En el caso de los restaurantes, si su superficie es menor a 100 metros cuadrados, deberán decidir si son para fumadores o para no fumadores, y sólo si la superan podrán tener un lugar reservado, hermético y ventilado, para los fumadores. En cuanto a la publicidad, ésta se elimina transcurridos 18 meses desde la promulgación de la ley, y sólo se permitirá en el interior de los puntos de venta. Los avisos de advertencia de las cajetillas serán más grandes y explícitos que los actuales. Quienes fumen en lugares prohibidos tendrán castigos pecuniarios, y los recintos que no cumplan con las restricciones sufrirán cuantiosas multas.Es comprensible el esfuerzo de la autoridad por evitar que las personas se inflijan a sí mismas un daño por el cigarrillo, pero la legislación propuesta supone —incurriendo en exceso— que aquélla tiene una legítima tuición sobre el comportamiento de los ciudadanos en estas materias: presume su derecho a decidir lo que las personas pueden o no hacer dentro de sus oficinas; supone que los trabajadores no tienen capacidad para discernir si quieren o no trabajar en empresas donde se fume, e impone a quienes ofrecen actividades recreativas restricciones a las conductas permitidas en esos recintos. En realidad, la prohibición no asegura un menor consumo, especialmente en un país donde la legislación no va acompañada de recursos para hacerla cumplir, y las restricciones a los derechos de las personas no son la mejor forma de evitar que ellas fumen, como lo muestran los malos resultados de la guerra contra las drogas. Es dudoso que este sacrificio en libertad se vea compensado por la deseada disminución de consumo.
Posteado por El Mercurio a las Octubre 12, 2005 06:45 AM Comentarios
ESTA NUEVA LEY en nada satisface los requerimientos de los ya afectos al vicio y en nada va a disminuir la muerte . El tabaquismo es = muerte. Eso es lo que hay que tener a la vista.
Tabaquismo = muerte, Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com
1 comment:
Hemos seguido la opinión y la reseña noticiosa de Victor Hugo. Un trababjo importante, mal entendido por el MERCURIO, que se entregó a las presiones de Chiletabaco.
!adelante con tu Blog!
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