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Saturday, December 31, 2005

TABAQUISMOS21 HA QUERIDO COMPARTIR ESTE ARTÍCULO QUE ME LLEGÓ DEL BLOGS SALMÓN Y DESEARLES UN FELIZ AÑO NUEVO 2006, rODRIGO gONZÁLEZ FERNÁNDEZ

El fin de la publicidad del tabaco… menos en los deportes de motor
Gonzalo G. Cotorruelo
Hace unos días entró en vigor parte de la nueva ley del tabaco, la cual prohíbe la publicidad de cualquier cosa que tenga que ver con cigarros, cigarrillos o demás elementos humeantes en todos los medios y soportes. Desde los escaparates de los estancos a los frontales de las máquinas de tabaco deberán eliminar todo tipo de publicidad, a no ser que quieran ser sancionados con multas de hasta 600.000 euros.
El sector publicitario, aunque ya estaba avisado (y algo acostumbrado), se resentirá, ya que el gasto publicitario anual de la industria del tabaco se estima en 78 millones de euros, nada más y nada menos que un 1,8% de los 6.200 millones de inversión publicitaria en 2004.
Pero no desaparecerá toda la publicidad, ya que los deportes de motor, que tienen acuerdos de patrocinio a largo plazo, dispondrán de tres años más para ajustarse a la nueva ley. Esto resulta bastante curioso, porque seguro que existen cláusulas de rescisión de los contratos por “causa mayor”, pero el lobby ha sabido jugar sus cartas muy bien en este asunto.
Otro pequeño coladero podrían ser las publicaciones internacionales, ya que aquellas que no estén editadas o impresas en la Unión Europea y cuyo mercado objetivo principal no sea la U.E. también estarán exentas de cumplir esta norma. Aunque esto no es especialmente relevante, ya que aunque las tabacaleras invirtiesen en publicidad en ellas, su alcance es mínimo.
¿Qué estrategias seguirán las tabacaleras ahora para anunciarse? ¿Usarán Internet debido a la inexistencia de fronteras y espacios geográficos? Próximo episodio en 2006 ;-)
Vía El Mundo
TABAQUISMOS21 HA QUERIDO COMPARTIR ESTE ARTÍCULO QUE ME LLEGÓ DEL BLOGS SALMÓN Y DESEARLES UN FELIZ AÑO NUEVO 2006, rODRIGO gONZÁLEZ FERNÁNDEZ

El fin de la publicidad del tabaco… menos en los deportes de motor
Gonzalo G. Cotorruelo
Hace unos días entró en vigor parte de la nueva ley del tabaco, la cual prohíbe la publicidad de cualquier cosa que tenga que ver con cigarros, cigarrillos o demás elementos humeantes en todos los medios y soportes. Desde los escaparates de los estancos a los frontales de las máquinas de tabaco deberán eliminar todo tipo de publicidad, a no ser que quieran ser sancionados con multas de hasta 600.000 euros.
El sector publicitario, aunque ya estaba avisado (y algo acostumbrado), se resentirá, ya que el gasto publicitario anual de la industria del tabaco se estima en 78 millones de euros, nada más y nada menos que un 1,8% de los 6.200 millones de inversión publicitaria en 2004.
Pero no desaparecerá toda la publicidad, ya que los deportes de motor, que tienen acuerdos de patrocinio a largo plazo, dispondrán de tres años más para ajustarse a la nueva ley. Esto resulta bastante curioso, porque seguro que existen cláusulas de rescisión de los contratos por “causa mayor”, pero el lobby ha sabido jugar sus cartas muy bien en este asunto.
Otro pequeño coladero podrían ser las publicaciones internacionales, ya que aquellas que no estén editadas o impresas en la Unión Europea y cuyo mercado objetivo principal no sea la U.E. también estarán exentas de cumplir esta norma. Aunque esto no es especialmente relevante, ya que aunque las tabacaleras invirtiesen en publicidad en ellas, su alcance es mínimo.
¿Qué estrategias seguirán las tabacaleras ahora para anunciarse? ¿Usarán Internet debido a la inexistencia de fronteras y espacios geográficos? Próximo episodio en 2006 ;-)
Vía El Mundo

Tuesday, December 27, 2005

EN ESPAÑA LEY ANTITABACO Y OPORTUNIDADES.

Ley antitabaco: conflictos y oportunidades de negocio
Consultor Anónimo
La ley antitabaco en España da los últimos pasos antes de su tramitación definitiva. Pendiente del debate de algunas enmiendas, el Gobierno prevé que para enero de 2006 comience su aplicación, que va a tener unas repercusiones muy importantes en el mundo laboral. Porque, si nada cambia, quedará prohibido fumar en todos los centros de trabajo y ni siquiera quedará la opción de poner una “sala para fumadores”. Los fumadores tendrán que salir a la calle, y eso solo en el caso de que las empresas lo permitan (no en vano, se trata de ausentarse del puesto de trabajo).
Está por ver la efectividad real de estas medidas en las empresas. En cualquier caso, lo previsible es suponer que van a generar conflictos, si bien no hay que olvidar que, en realidad, el tabaquismo ya provoca conflictos actualmente. Así que puestos a generar conflicto, al menos que sea con el menor daño para la salud.
Y lo que también está claro es que esta ley, y todos los cambios que supone, generan oportunidades de negocio para distintos servicios y productos. Por ejemplo:

Productos de ayuda para dejar de fumar: parches, chicles y demás accesorios tendrán un buen arreón en ventas, y es más que probable que veamos un mayor despliegue publicitario. Asímismo, libros para dejar de fumar, terapias alternativas, etc, etc.
Productos sustitutivos: algunos adictos al tabaco optan por otro tipo de productos, como pueden ser caramelos de palo y otros productos de confitería. A buen seguro, las empresas del sector perseverarán para posicionarse en este segmento (algo que ya llevan haciendo años, por otro lado).
Consultoras: algunas se enfocarán a “cómo implantar las medidas de prevención del tabaco” (por ejemplo, Más Vida Red ha publicado una guía con información procedente de empresas expertas en la lucha contra el tabaquismo), otras se enfocarán a dar formación en “gestión de conflictos”, otras en diseñar fórmulas organizativas para encajar las necesidades de los fumadores, etc.
Y seguro que, con la introducción de la ley, vemos más ejemplos de empresas que tratan de aprovechar la oportunidad que supone. Como casi cualquier cambio.
Vía CincoDíasMás información Markarina
ESTE Y OTROS INTERESANTES ARTICULOS , DE GRAN ACTUALIDAD Y PERTINENCIA, LOS ENCUENTRAN ACÁ: BLOGSALMON
http://www.elblogsalmon.com/archivos/2005/10/26-ley-antitabaco-conflictos-y-o.php#comments

Friday, December 23, 2005

LOBBYING & LEY TABACO EN CHILE

Se ha dicho en medios que “EMPLAZAN A DIPUTADOS A ACLARAR DENUNCIAS POR PRESUNTO LOBBY DE TABACALARES "No tengo ninguna duda de que todos los diputados de la Comisión que presido votaron en conciencia y pensando en el beneficio de los usuarios", aseguró el presidente de la comisión de Salud de la Cámara, diputado Carlos Olivares. Pero hay todo un misterio tras esto. A todos les saltan dudas , hay un manto oscuro ….
Se habla de Lobby de las Tabacaleras: se ha dicho reiteradamente que el tabaco es muerte – ( tabaquismos21.blogspot.com ) dijo otro diputado ;¿ el país sabe lo que son las acciones de lobbying?, sabe el ciudadano común cómo se hace lobbing en Chile, quienes lo hacen y porqué?. ¿Saben los ciudadanos si ha habido tráfico de influencias en las acciones de lobbying o no? .¡ Poco o nada!
Bueno, hay un proyecto de ley que regula el lobbying en Chile y que se encuentra en el Senado en tramitación. Esta muy bien, pero se han preguntado ¿ cuanto sabe el ciudadano de esto del lobby? , ¿ quién va a enseñar esta disciplina en Chile?, ¿cuántas Universidades están impartiendo en Chile esta especialidad?
Saluda atentamente, Rodrigo González Fernández

Wednesday, December 07, 2005

TABAQUISMO ANSIEDAD

TABAQUISMO , ANSIEDAD Y NERVIOSISMO EN LAS MUJERES.

En el caso de las mujeres, la investigación determinó que fumar y las enfermedades de largo plazo aún siguen siendo factores de riesgo de muerte mayores que la ansiedad y el nerviosismo.Padecer un desorden de ansiedad duplica el riesgo de pensamientos e intentos de suicidio. Un estudio de la Universidad de Manitoba, en Canadá, constató que una alteración de este tipo, como el trastorno obsesivo compulsivo u otros, incrementa por sí solo la posibilidad de tener estas ideas o tentativas.
Mas información pincha aquí:
http://es.news.globalink.org/article_903293.shtml

Saludos Rodrigo González Fernández, tabaquismos21.blogspot.com

Tuesday, December 06, 2005

Fumar daa el coefici

Fumar daña el coeficiente intelectual
Aunque hay quienes afirman que fumar ayuda a concentrarse o despertar, una investigación de la Universidad de Michigan muestra que es falso, que con los años el tabaco disminuye la rapidez para pensar y el coeficiente intelectual.Tras estudiar a 172 hombres, se detectó que quienes fuman disminuyeron sus habilidades mentales de forma más notoria en comparación con quienes no lo acostumbran. El estudio explica por qué algunos problemas pulmonares derivan en daños en la función neurocognoscitiva.elige cualquier día!   Source: Once TVhttp://oncetv-ipn.net/noticias/index.php?modulo=despliegue&dt_fecha=2005-11-21&numnota=79

Saludos Rodrigo González Fernández  tabaquismos21.blogspot.com

Friday, December 02, 2005

ES IMPORTANTE ENSEAR

ES IMPORTANTE ENSEÑAR LA TOLERANCIA:  apropósito de la gran delincuencia, de los actos de violencia que vemos a Diario ( reciente caso Ministro Salud ) , la violencia en Francia, la violencia de la contaminación, los derechos Humano que se violan ahora en diversas formas, el fumar ante otro que es otra  forma de violencia , en fin . Veamos:
Antes iniciar su charla en una escuela, el ex-combatiente en guerra  pidió a todo el auditorio -lleno de adolescentes- que saltaran en una sola pierna. Quería que supieran cómo habían sido para él los últimos veinte años... Había perdido su pierna derecha en la guerra. "La fuerza no nos ha llevado a ningún lado", les dijo a los adolescentes que lo escuchaban en silencio. El único sonido que se oía, provenía de sus muletas de aluminio. "Hablar es el camino. Negociar es el camino. La violencia no lo es."
Saludos, Rodrigo González Fernández , consultajuridica.blogspot.com
 

Wednesday, November 23, 2005

DESDE EL BLOG VIDA D

DESDE EL BLOG VIDA DE UN CONSULTOR, SE NOS INFORMA LO SIGUIENTE SOBRE LA LEY ANTITABACO EN ESPAÑA.SALUDOS RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ.
23 NOVIEMBRE 2005
La ley antitabaco que se nos viene encima
Hace unas semanas escribía en el Blog Salmón sobre la ley antitabaco que va a entrar en vigor en España, y sus posibles consecuencias en los entornos de trabajo. La verdad es que el panorama se puede llegar a complicar bastante...En mi caso, creo que tendré suerte. Yo no fumo. Mi compañera con quien comparto el despacho, tampoco (al menos, no en horas de trabajo; es una de tantos fumadores sociales o de fin de semana). Realmente, el único tabaco que me molesta más o menos a diario es el de una secretaria que está en el pasillo. Luego, en el staff, hay algunos que fuman pero, al ser minoría (y, además, bien educada), ya optan por irse a fumar a la cafetería o a las escaleras.Además, pensándolo bien, ninguno de "los jefes" de los alrededores fuma. Lo cual es una garantía de que no habrá conflicto ninguno o de que, si lo hay, será resuelto a favor de los no-fumadores.Definitivamente, tendré mucha suerte. Supongo que habrá muchos que estarán temiendo la entrada en vigor de la ley: o bien porque fuman y ya se ven bajando a la calle a "echar un piti", o bien porque no fuman y tienen compañeros (o, lo que es peor, jefes) que sí lo hacen, con quienes ya se ven discutiendo por que se piensan pasar la ley por el forro de sus caprichos.
Por Consultor Anónimo (Link directo)  2 comentario(s) Referencias


Wednesday, November 16, 2005

El gran mugido


¿PUEDES EQUIVOCARTE?
El gran mugido 
 
Esta gazetta reseña el último libro de Seth Godin, The Big Moo. ¿Por qué es interesante mugir? ¿Cómo hacerlo?
 
Seth Godin es un personaje peculiar. Fundador de una empresa de marketing interactivo, que vendió a Yahoo en 1998, Godin publicó ese mismo año su Permission Marketing, donde sentaba las bases teóricas de la disciplina. Le siguió un nuevo concepto: el “ideavirus”. En su ebook sobre el tema (el más popular de la historia, con un millón de descargas), Godin analizó por qué ciertos conceptos se propagan –y otros no.
 
La necesidad de ser visible en un mercado fragmentado donde la calidad ya no es suficiente diferenciador (los consumidores la dan por supuesta) llevó a Godin a publicar en el 2003 Purple Cow. Allí introducía en concepto de “notoriedad necesaria”: para sobrevivir, las empresas debían ser visibles a los ojos del consumidor. Las empresas tienen que aspirar a convertirse en una vaca lila en un prado lleno de vacas marrones, como el propio autor resume en “Fast Company”.
 
El siguiente paso fue compilar, vía web, un directorio de “toros”, que es como Godin denominó a los agentes de cambio capaces de apoyar a sus clientes a fin de que se transformen en vacas lilas. Manfatta fue incluida (página 159, para ser exactos) en el Bull Directory (2004).
 
De vacas y toros al mugido sólo queda un paso más. El que da ahora Godin. The Big Moo aplica los principios que postula. El libro salió a la venta en Amazon cuando aún no estaba terminado. Los beneficios se destinan a tres ONGs seleccionadas por los autores, que han participado de forma altruista. En otras palabras: Godin ha convencido a 32 gurús con tarifas astronómicas (la entrada a la conferencia de Tom Peters en Madrid el próximo febrero cuesta 1500 euros) para que trabajen gratis y ha persuadido a los lectores para que pagasen por un libro que no existía.
 
The Big Moo te interesará si te interesa el Neomarketing y, en concreto, lo que denomino el “Individualismo diferenciador” entendido como “eres distinto: se quien eres y se lo mejor que puedas ser”. Este manifiesto desarrolla la idea de notoriedad y cómo se consigue. Recojo a continuación algunas afirmaciones que me han llamado la atención:
 
Notoriedad = “saber que una idea arriesgada puede salir mal pero una idea aburrida seguro que sale mal”.
 
“Hoy hay una manera segura de fracasar: aburrir”
 
“¿Qué le pasaría a tu empresa si todos sus productos fueran gratis y dependiera de las donaciones que hicieran los clientes? ¿Cómo tratarías entonces a los clientes? ¿Qué cambiarías a fin de sobrevivir?”
 
“¿Y si multiplicáramos los precios por diez? ¿Y si cobráramos sólo una décima parte? En cada caso, ¿qué pasaría?”
 
“¿Qué es lo que te da miedo exactamente? Que el jefe te chille, que te eche, que la empresa cierre por inanición, que no te promocionen… (…) Encogerte no te llevará al éxito.”
 
“Comete errores rápidos y baratos”
 
Mi valoración
Para leer The Big Moo es necesario tener en cuenta la distancia cultural que separa la mentalidad emprendedora norteamericana de la nuestra.  Allí un emprendedor lo intentó (si fracasó no es lo más importante). Aquí, un emprendedor fracasó (que lo intentara no cuenta).
 
Personalmente la teoría del mugido me atrae porque me parece alentadora. Me parece alentador que alguien te diga que puedes equivocarte, que no arriesgar es arriesgado, que en la diferencia está la visibilidad y en la visibilidad, la supervivencia. Soy consciente, por el contexto cultural al que antes aludía, que entre nosotros un predicamento de este tipo prosperará poco. Pero no importa, porque como dicen los 33, “no hay que tener miedo a llamar la atención.”
 
¿Te apuntas a mugir? Esta conversación continua en blog y en esta gazetta, que vuelve a tu buzón el día 1 de diciembre. Hasta entonces, muuuuuu.
 

Neus
 
Neus es socia directora de Manfatta SL, productora de comunicación
La gazetta: ISSN 1697-0918


Saludos Rodrigo González Fernández, desde la consultajuridica.blogspot.com

Monday, November 14, 2005

SE DICE DE UN TABACO QUE NO DAÑARIA LA SALUD

Nuestros amigos de Blog Salmon, nos han informado lo siguiente:
Tabaco que no daña la salud, o una industria trata de no morir
Sección: Sectores
British American Tobacco, uno de los mayores grupos de la industria tabacalera que cuenta con marcas como Dunhill, Kent, Lucky Strike y Pall Mall lleva trabajando varios años en un proyecto secreto: encontrar un tabaco que no dañe la salud. Según fuentes de la compañía, se trata de un nuevo tipo de cigarrillos en los que mediante un proceso de secado especial y un nuevo triple filtro se disminuye el porcentaje de productor químicos nocivos, reduciendo las posibilidades de provocar... [ Leer más... ] 2 comentarios

British American Tabaco, es la propietaria de la Compañía de Tabacos Chilena Chiletabacos.

Saludos Rodrigo González Fernández

Saturday, November 12, 2005

LISTADO DE BLOGS TEM

LISTADO DE BLOGS TEMATICOS
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
CONSULTAS
RENATO SANCHEZ 3586
TELEFONO – 2451168
ROGOFE47@HOTMAIL.COM

Pueden visitar y opinar
parpolitic.blogspot.com  
agrohistoria.blogspot.com
inforder.blogspot.com        
arbipyme.blogspot.com
derhumano.blogspot.com  
respmedic.blogspot.com
interesescolectivos.blogspot.com
parciudadana.blogspot.com
matridinul.blogspot.com
astreintes.blogspot.com
elpaleta.blogspot.com
einsteinsabio.blogspot.com
chileportal.blogspot.com
discurseando.blogspot.com
blogempresa.blogspot.com
derechovirtual.blogspot.com
totecasas.blogspot.com
agriculturablogger.blogspot.com

Monday, October 17, 2005

TABACALERAS HACEN LO QUE QUIEREN EN PUBLICIDAD


Las compañías tabacaleras , especialmente Chiletabacos , hace lo que se le antoja en materia de Publicidad. Esto se debe al especial y gran Lobbying que ha realizado ante las autoridades . Es la influencia del poder.Poder en sentido amplio. Pero cuando se ve esa fuerte presión del Poder , viene la contrarreacción de la autoridad.
lAS TABACALERAS , EN ESTA MATERIA ESTÁN JUGANDO CON FUEGO. porque el tabaquismo = muerte . La autoridad debe reaccionar con fortaleza.

El Mercurio ha dicho ya esta mañana:

Diputados: Castigarán fuerte ofensiva publicitaria de tabacaleras VÍCTOR HUGO DURÁN
Plazo para eliminar toda publicidad sería reducido de un año y medio a seis meses
.
VÍCTOR HUGO DURÁN Un drástico castigo a la industria tabacalera por la arremetida publicitaria de las últimas semanas, incluso con promociones dirigidas a jóvenes y adolescentes, preparan diputados de la Comisión de Salud.Los diputados María Angélica Cristi (UDI), Carlos Olivares (DC y presidente de la comisión), Enrique Accorsi (PPD) y Fulvio Rossi (PS) adelantaron que hay acuerdo para reducir de un año y medio a sólo 6 meses el plazo para eliminar toda la publicidad, endureciendo así lo acordado en el Senado. Adelantándose a la futura restricción, la industria redobló el avisaje en vía pública y puntos de venta. Pero más inquietante para los legisladores son las promociones de reproductores de MP3 o minutos gratis para los teléfonos móviles, dirigidas, a su juicio, "a seducir a jóvenes y adolescentes". El proyecto de ley será debatido mañana en la Cámara.Continúe leyendo esta noticia.
Masiva publicidad en calles y puntos de venta:
Bombardeo tabacalero antes de la nueva ley

VÍCTOR HUGO DURÁN


La tabacalera no teme. Esta gigantografía está a una cuadra del Ministerio de Salud.

Despliegue de avisaje llevó a diputados a proponer que se elimine en seis meses, un tercio de lo acordado en el Senado

VÍCTOR HUGO DURÁN

Paletas publicitarias. Paradas de microbuses. Quioscos de diarios. Restoranes. Minimercados. Postes de señalización callejera. Revistas. Reproductores de MP3. Minutos para el celular.

La industria ha lanzado una fuerte y millonaria ofensiva para promocionar los cigarrillos en todos los soportes posibles, anticipándose así a la inminente prohibición total de avisaje que contempla la nueva ley que regula su venta y publicidad.

Sin embargo, para la industria podría transformarse en un "tiro por la culata", pues el bombardeo publicitario ha irritado a diputados de todos los sectores, que confirmaron que pedirán que la publicidad sea eliminada en un plazo de seis meses y no un año y medio como acordó el Senado hace unas semanas.

La principal tabacalera nacional, Chiletabacos (filial de British American Tobacco, BAT) ha desplegado una ofensiva promocional, coincidente con la discusión de la ley.

En mayo, inundó el ferrocarril subterráneo de Santiago con más de 50 avisos en estaciones con mayor tránsito de jóvenes y niños.

Ahora, copa con sus marcas diversos puntos de venta, incluso a pasos de la sede de Gobierno o el Ministerio de Salud.

"El Mercurio" solicitó a Chiletabacos su opinión oficial respecto a la publicidad que está impulsando, sus promociones y el monto que gasta en publicidad, que fluctuaría entre uno y dos millones dólares al año. La compañía declinó hablar.

En el centro de Santiago, el grueso de los puestos de diarios y revistas tiene avisos. En otras zonas de la capital, en especial aquellas más pobres, son carteles luminosos de acrílico.

En el caso de los quioscos de diarios del centro capitalino, se trata de una donación de 400 puestos que hizo CCU -compañía de gaseosas y cervezas-, firma que tiene los derechos para vender espacio para publicidad en la cúpula superior. "Nosotros no recibimos ni un peso", explicó Salvador Pino, de la dirección de Rentas del municipio.

Los locatarios tampoco reciben dinero. Los dispensadores de tabaco al interior de los locales, son regalados por Chiletabacos, pero no pueden vender cigarrillos de la competencia.

En algunas comunas, la publicidad callejera o en paraderos de microbuses fue licitada a la empresa Heres, empresa que no quiso hablar del tema "por tener contrato de confidencialidad con el cliente".

En Santiago, a su vez, se aprecian paletas publicitarias, gigantografías -una a media cuadra del Ministerio de Salud- y carteles ubicados en los postes de la señalización callejera. Este último modelo sí genera ingresos.

En el centro, el valor por tener un aviso durante seis meses es de 0,5 unidades tributarias mensuales, es decir $15.600, a lo que se suma el pago por "derechos de propaganda", de unos $47 mil por metro cuadrado.

Otro sistema llega a restoranes, minimercados o licorerías. La tabacalera regala un aviso luminoso con el nombre del local, que se ubica entre los logotipos de las marcas de sus cigarrillos. "No recibimos nada por esto", comenta Luis Gana, de Parrilladas Argentinas, en Malloco, local que tiene un vistoso letrero de Kent sobre uno rojo con el nombre del local. Ambos los regaló Chiletabacos y el local sólo paga la luz.

En otros locales -dependiendo de su ubicación y venta- se podría negociar el arriendo del espacio o mayores utilidades por paquete vendido.

DIPUTADOS CONTRA LA PUBLICIDAD

ENRIQUE ACCORSI (PPD):

"Transgrede todos los acuerdos y haremos indicaciones. La eliminación de la publicidad se debe hacer en 6 meses. El tabaco induce a la droga y al país le cuesta al año US$ 1.500 millones".

MARÍA A. CRISTI (UDI):

"Dieciocho meses es mucho tiempo. No tengo problemas en reducir el plazo a seis meses. Pero además hay que ver qué pasa con quienes trabajarán en lugares donde se fuma y hay que aumentar la fiscalización".

FULVIO ROSSI (PS):

"Chiletabacos tiene un discurso esquizofrénico, pues dice que apoya una norma y lanza esta ofensiva. Queremos impedir la venta a 300 metros de colegios y eliminar la publicidad en seis meses, ver la publicidad encubierta y los incentivos"

CARLOS OLIVARES (DC):

"Es una ofensiva que se esperaba y destinada a un grupo etario definido. No me parece bien, pues están tratando de seducir a jóvenes para dejarlos enganchados para el resto de su vida.

Wednesday, October 12, 2005

EL MERCURIO INFORMA

Ley antitabaco
Los comprobados daños que el fumar tabaco provoca en la salud de las personas —incluyendo enfermedades letales como el cáncer—, así como el carácter adictivo que involucra su consumo, mueven a la autoridad a controlar la proliferación de ese hábito. Refuerza esa inquietud el que, adicionalmente, según se ha pretendido establecer —pero, al respecto, la evidencia es más tenue y no del todo concluyente—, el fumador pasivo corre riesgos similares a los del fumador primario, pero atenuados. El proyecto de ley antitabaco, recientemente despachado por el Senado, prohíbe fumar en una gran variedad de recintos donde se congregue público. Se exceptúan los patios abiertos de recintos privados y los lugares cerrados si son herméticos y con ventilación para evacuar el humo, y también los cabarets y discotecas, por considerarse que éstos tienen un público mayor de 18 años. En el caso de los restaurantes, si su superficie es menor a 100 metros cuadrados, deberán decidir si son para fumadores o para no fumadores, y sólo si la superan podrán tener un lugar reservado, hermético y ventilado, para los fumadores. En cuanto a la publicidad, ésta se elimina transcurridos 18 meses desde la promulgación de la ley, y sólo se permitirá en el interior de los puntos de venta. Los avisos de advertencia de las cajetillas serán más grandes y explícitos que los actuales. Quienes fumen en lugares prohibidos tendrán castigos pecuniarios, y los recintos que no cumplan con las restricciones sufrirán cuantiosas multas.Es comprensible el esfuerzo de la autoridad por evitar que las personas se inflijan a sí mismas un daño por el cigarrillo, pero la legislación propuesta supone —incurriendo en exceso— que aquélla tiene una legítima tuición sobre el comportamiento de los ciudadanos en estas materias: presume su derecho a decidir lo que las personas pueden o no hacer dentro de sus oficinas; supone que los trabajadores no tienen capacidad para discernir si quieren o no trabajar en empresas donde se fume, e impone a quienes ofrecen actividades recreativas restricciones a las conductas permitidas en esos recintos. En realidad, la prohibición no asegura un menor consumo, especialmente en un país donde la legislación no va acompañada de recursos para hacerla cumplir, y las restricciones a los derechos de las personas no son la mejor forma de evitar que ellas fumen, como lo muestran los malos resultados de la guerra contra las drogas. Es dudoso que este sacrificio en libertad se vea compensado por la deseada disminución de consumo.
Posteado por El Mercurio a las Octubre 12, 2005 06:45 AM Comentarios

ESTA NUEVA LEY en nada satisface los requerimientos de los ya afectos al vicio y en nada va a disminuir la muerte . El tabaquismo es = muerte. Eso es lo que hay que tener a la vista.
Tabaquismo = muerte, Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

Thursday, October 06, 2005

DERECHO DE LOS NO FUMADORES: Proyecto pasó a Camara de diputados



Valparaíso 05/10/2005 Departamento de Prensa Boletín Nº 3825-11
Senado terminó de aprobar, por unanimidad y sin debate proyecto que protege el derecho de los no fumadores a vivir en un ambiente libre de humo

Iniciativa legal, que adecua la legislación nacion al al Convenio suscrito por Chile con la Organización Mundial de la Salud, cumplió su primer trámite legislativo y pasó a la Cámara de Diputados.

Un importante paso, aunque el primero de su tramitación legislativa, dio el proyecto que protege el derecho de los no fumadores a vivir en un ambiente libre de humo. El Senado, por unanimidad y, sin debate, ratificó todas las normas que regulan los espacios donde no se puede fumar y los establecimientos que quedaran habilitados para tener sitios segregados, de acuerdo al informe complementario emitido por la Comisión de Salud, que presidida por el senador José Antonio Viera Gallo, logró consensuar las controvertidas normas.




Esto significa que el proyecto, que adecua la legislación interna al Convenio con la organización Mundial de Salud, suscrito por Chile, pasará a la Cámara de Diputados a cumplir con el segundo trámite constitucional.



La normativa aprobada por el Senado prohíbe fumar, incluyendo sus patios y espacios al aire libre interiores en: establecimientos de educación prebásica, básica y media; en los recintos donde se expenda combustibles; en los que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos; en los medios de transporte de uso público o colectivo; en los ascensores.



Además, prohíbe fumar en los siguientes lugares, salvo en sus patios o espacios al aire libre: al interior de los recintos o dependencias de los órganos del Estado. Sin embargo, en las oficinas individuales se podrá fumar sólo en el caso que cuenten con ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior; en los establecimientos de educación superior, públicos y privados; en los establecimientos de salud, públicos y privados; aeropuertos y terrapuertos; teatros y cines; gimnasios; centros de atención o de prestación de servicios abiertos al público en general; supermercados, centros comerciales y demás establecimientos similares de libre acceso al público.



En los lugares anteriormente enumerados, podrá existir una o más salas especialmente habilitadas para fumar. Iguales reglas se aplicarán tratándose de empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas obligadas a confeccionar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad, en conformidad a las normas del Código del Trabajo.



En los lugares de trabajo de propiedad de particulares con menos de 10 empleados, la prohibición de fumar o la determinación de sitios y condiciones en que ello se autorizará, serán acordadas por los respectivos propietarios o administradores, oyendo el parecer de los empleados.



En los restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, y demás establecimientos similares, con una superficie superior a 100 metros cuadrados destinados a la atención de público, para permitir fumar en su interior se deberá separar ambientes para fumadores y para no fumadores, no pudiendo el espacio reservado a estos últimos representar menos del 60 % del espacio total destinado a atención de público.



En aquellos lugares cuya superficie destinada a la atención de público sea igual o inferior a 100 metros cuadrados se podrá optar por ser un lugar para fumadores o para no fumadores, de lo que deberá informarse en su acceso. En el caso de discotecas y cabarets, donde se expenda bebidas alcohólicas y se asegure la entrada sólo para mayores de 18 años, se aplicarán las normas mencionadas, sin la limitación de superficie indicada.



Las salas, lugares o espacios habilitados para fumadores deberán estar claramente aislados y contar con mecanismos que impidan el paso del humo hacia el resto del recinto, ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior, y a ellos no se permitirá la entrada de menores de 18 años.



En los lugares reservados para no fumadores se deberá exhibir advertencias que prohíban fumar, las cuales deberán ser notoriamente visibles y comprensibles, y contener imágenes o leyendas en idioma español. Asimismo, a la entrada y al interior de los lugares o recintos reservados para fumadores, se deberá exhibir advertencias que indiquen dicha circunstancia.”.



Otras normas



El proyecto, además define Publicidad del tabaco como toda forma de promoción, comunicación, recomendación, propaganda, información o acción con el fin o el efecto de promover un producto hecho con tabaco o el consumo de tabaco.



Establece que la Industria tabacalera: comprende a fabricantes, distribuidores mayoristas e importadores de productos hechos con tabaco y se entiende por Productos hechos con tabaco los preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco.”.


- Prohíbe la publicidad del tabaco o de elementos de la marca relacionados con dicho producto, salvo al interior de los lugares de venta. Al exterior de dichos lugares sólo se podrá comunicar al público la venta de productos hechos con tabaco mediante avisos diseñados por el Ministerio de Salud y establecidos por decreto supremo.”.


- Prohíbe la comercialización, el ofrecimiento, distribución o entrega a título gratuito de los productos hechos con tabaco a las personas menores de 18 años de edad. Las máquinas expendedoras automáticas de este tipo de productos sólo podrán instalarse en establecimientos, lugares o recintos a los cuales, por disposición de la ley, no tengan acceso los menores de edad.


- Prohíbe cualquier forma de publicidad de productos hechos con tabaco en lugares que se encuentren a menos de 300 metros de distancia de los establecimientos de enseñanza básica y media, incluyendo los lugares de venta, salvo lo relativo a los avisos indicados en el artículo anterior. Se prohíbe asimismo, la venta de estos productos en aquellos lugares que se encuentren a menos de 100 metros de distancia de dichos establecimientos. La distancia se medirá desde cada puerta de acceso de los respectivos establecimientos, por aceras, calles y espacios de uso público.



- En ningún caso podrán venderse cigarrillos unitariamente o en paquetes que contengan una cantidad inferior a diez.”.



-Prohíbe ofrecer o proporcionar cualquier compensación, directa o indirecta, por la compra de productos hechos con tabaco, tales como la donación, bonificación o reembolso de dinero en efectivo o el derecho a participar en un juego, sorteo o concurso, así como la distribución de dichos productos sin compensación monetaria.”.

- Todo envase de los productos hechos con tabaco, sean nacionales o importados destinados a su distribución dentro del territorio nacional, y toda acción publicitaria de los mismos, cualquiera sea la forma o el medio en que se realice, deberán contener una clara y precisa advertencia de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo o su exposición al humo del tabaco. Esta advertencia tendrá una vigencia de 12 meses, deberá ser diseñada por el Ministerio de Salud y establecida mediante decreto supremo de este Ministerio, la cual será impresa en las cajetillas o en cualquier envase y no podrá, en ningún caso, ser removible. En el caso de productos importados, deberá ser adherida de manera que no pueda ser despegada fácilmente.



- En el caso de los paquetes de cigarrillos o cigarros, bolsas o paquetes de productos hechos con tabaco esta advertencia deberá figurar en las dos caras principales y ocupar el 40% de cada una de ellas.



El decreto indicado establecerá una o más advertencias sucesivas, que podrán ser diseñadas con dibujos, fotos o leyendas. Durante el plazo señalado para cada advertencia, ésta deberá figurar en toda la producción nacional o la importada destinada a su distribución dentro del territorio nacional. Si al entrar en vigencia una nueva advertencia quedaran saldos en bodega con la advertencia anterior, para su distribución se deberá solicitar autorización a la Autoridad Sanitaria que corresponda a la casa matriz del fabricante o importador. Esta excepción sólo podrá alcanzar hasta un monto equivalente a la producción distribuida durante el mes anterior.



-Los avisos publicitarios en los lugares de venta no podrán ser superiores a dos metros cuadrados y la advertencia confeccionada en los términos de este artículo deberá ocupar el 40% del aviso.”.



- Los planes y programas de estudio de la Educación General Básica y de la Educación Media de ambas modalidades deberán considerar objetivos y contenidos destinados a educar e instruir a los escolares sobre los daños que provoca en el organismo el consumo de productos hechos con tabaco y la exposición al humo del mismo, como también el carácter adictivo de éstos.”.



- Prohíbe que en el nombre o propiedades asociadas a la marca de cigarros o cigarrillos se incluyan términos tales como light, suave, ligero, bajo en alquitrán, nicotina, monóxido de carbono u otros similares.”.


- La casa matriz del fabricante o el importador de los productos hechos con tabaco, deberán informar anualmente al Ministerio de Salud, según éste lo determine, sobre sus constituyentes y los aditivos que se incorporan a ellos, en calidad y cantidad, así como las sustancias utilizadas para el tratamiento del tabaco.


- El Ministerio de Salud podrá prohibir el uso de los aditivos y sustancias que aumenten el daño o riesgo del consumidor de dichos productos, y establecer los limites máximos permitidos de las sustancias contenidas en los productos hechos con tabaco. Asimismo, fijará las normas sobre difusión de la información referida a los aditivos y sustancias incorporadas al tabaco y sus efectos en la salud de los consumidores.


- Los envases de cigarrillos deberán expresar clara y visiblemente en una de las caras laterales los principales componentes de este producto en los términos establecidos por el Ministerio de Salud.”.


- La Autoridad Sanitaria competente fiscalizará el cumplimiento de la presente ley, en tanto que el Juez de Policía Local conocerá las faltas en cuyo territorio se cometa la infracción. Y si por su naturaleza o extensión la infracción afecta a los territorios de dos o más Juzgados de Policía Local, será competente aquel en cuyo territorio se haya originariamente impreso, difundido, emitido, o transmitido o propagado la publicidad, propaganda o promoción prohibidas.


Sanciones


La ley sancionará con multa de de 500 a 1.000 unidades tributarias mensuales y comiso de las especies objeto de la infracción, por la contravención a las normas que regulan el uso de aditivos o sustancias prohibidas por el Ministerio de Salud o excediendo los límites máximos permitidos de las sustancias contenidas en los productos hechos con tabaco.


Se aplicará una Multa de 1 a 50 unidades tributarias mensuales, y de 101 a 500 unidades tributarias mensuales si la infracción es cometida por una persona natural o jurídica perteneciente a la industria tabacalera, además del comiso de los bienes materia de la infracción, en los siguientes casos: Venta de productos hechos con tabaco en lugares que se encuentren a menos de 100 metros de distancia de establecimientos de enseñanza básica y media; Publicidad del tabaco o de elementos de la marca relacionados con dicho producto fuera de los lugares de venta, o comunicar al público la venta de productos hechos con tabaco al exterior de los lugares de venta.


La misma sanción se aplicará por exhibir en los lugares de venta de productos hechos con tabaco avisos publicitarios de superficie mayor a la indicada en el inciso final del artículo 6º, sin la advertencia a que éste se refiere o con una advertencia que ocupe menos del 40% del aviso, además de cualquier forma de publicidad de productos hechos con tabaco en lugares que se encuentren a menos de 300 metros de distancia de los establecimientos de enseñanza básica y media, incluyendo los lugares de venta; además de ofrecer o proporcionar cualquier compensación, directa o indirecta, por la compra de productos hechos con tabaco, en contravención a lo dispuesto en el artículo 5°.


Con Multa de 101 a 500 unidades tributarias mensuales y comiso de las especies objeto de la infracción se sancionará la omisión en los envases de los productos y acciones publicitarias con tabaco nacionales o importados destinados a su distribución dentro del territorio nacional, la advertencia del daño que provoca el tabaco a la salud o hacerlo con un diseño diverso, en lugares distintos o en proporción menor de los allí indicados; No expresar clara y visiblemente en una de las caras laterales de los envases de cigarrillos los principales componentes del producto e infringir las normas sobre difusión de la información referida a los aditivos y sustancias incorporadas al tabaco y sus efectos en la salud de los consumidores.



Multa de 3 a 50 unidades tributarias mensuales, y de 30 a 300 unidades tributarias mensuales se aplicará si la infracción es cometida por una persona natural o jurídica perteneciente a la industria tabacalera, además del comiso de los bienes materia de la infracción, por comercializar, ofrecer, distribuir o entregar a título gratuito productos hechos con tabaco a menores de 18 años de edad, en contravención a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4º.



La multa aumentará de 50 a 250 unidades tributarias mensuales y comiso de las especies materia de la infracción, por incluir en el nombre o propiedades asociadas a la marca de cigarros o cigarrillos términos tales como light, suave, ligero, bajo en alquitrán, nicotina, monóxido de carbono u otros similares prohibición; la infracción de las reglas sobre habilitación, superficie y ventilación de los espacios destinados a fumadores y reservados a no fumadores.



Multas de 100 a 100 UTM se aplicarán a quienes instalen máquinas expendedoras automáticas de productos hechos con tabaco en establecimientos, lugares o recintos a los cuales no esté prohibido por disposición de la ley el acceso de los menores de edad, en tanto que se establece una Multa de 1 a 20 unidades tributarias mensuales, y de diez a 50 unidades tributarias mensuales si la infracción es cometida por una persona natural o jurídica perteneciente a la industria tabacalera, además del comiso de los bienes materia de la infracción, por las que consistan en vender cigarrillos unitariamente o en paquetes que contengan una cantidad inferior a diez.




También serán susceptibles de Multas de 2 a 20 unidades tributarias mensuales el dueño, director o administrador del establecimiento que permita el ingreso de menores de 18 años a los lugares habilitados para fumadores y la infracción de las reglas sobre las advertencias que deben exhibirse relativas a la prohibición de fumar y en los lugares en que se permite hacerlo



Una Multa de 1 unidad tributaria mensual se aplicará por cada infractor, al dueño, director o administrador del establecimiento respectivo, por la trasgresión de la prohibición de fumar en lugares no autorizados. Con todo, el dueño, director o administrador podrá eximirse del pago de la multa acreditando que se conminó al fumador a cumplir la ley o a abandonar el lugar y con posterioridad se formuló la denuncia respectiva a la autoridad fiscalizadora. En estos casos podrá solicitarse el auxilio de la fuerza pública para restablecer el imperio de la ley.



Pero también la ley disponer una Multa de media unidad tributaria mensual, al fumador que contravenga la prohibición de fumar y, en caso de reincidencia, se podrá aplicar el doble de la multa. Se entenderá que hay reincidencia cuando el infractor incurra en una misma contravención en dos oportunidades dentro del mismo año calendario. En la tercera infracción cometida dentro del mismo período se podrá aplicar el triple de la multa y, tratándose de la prohibición de venta o suministro de productos hechos con tabaco a menores de edad o a una distancia inferior de la permitida de establecimientos educacionales, o de contravenciones a las normas sobre habilitación, exigencias y advertencias relativas a espacios para fumadores y no fumadores, cometidas en supermercados, casinos de juego, teatros, cines, gimnasios, centros de atención de público o de prestación de servicios, centros comerciales y demás establecimientos de libre acceso al público similares, se podrá decretar, además, la clausura del establecimiento o lugar hasta por treinta días.
DERECHO DE LOS NO FUMADORES A LA CAMARA DE dIPUTADOS: RODRIGO GONZÁLEZ FERNANDEZ, rogofe47@hotmail.com

Tuesday, October 04, 2005

Por unanimidad despachadas las normas mas controvertidas de proyecto que garantiza el derecho de los no fumadores a vivir en un ambiente libre de contaminación
· Iniciativa legal se votaría a más tardar la próxima semana en su primer trámite legislativo y dispone que los locales de mas de 100 metros pueden tener sección no fumadores que ocuparía el 60% del espacio y el 40% restante los fumadores que deben tener un reducto que no deje pasar el humo

Terminaron las polémicas en torno a los lugares en que se prohibirá fumar. La Comisión de Salud, presidida por el senador José Antonio Viera Gallo, dirimió por unanimidad las diferencias y dejó el proyecto en condiciones de ser despachado definitivamente por la Sala, el miércoles 5 o la próxima semana en su primer trámite constitucional.
Según lo informado por el parlamentarios, “esto significa que no se podrá fumar ni dentro ni en los recintos aledaños de ascensores, medios de transportes, lugares donde se manipulan alimentos o medicamentos; en las bombas de bencinas; en los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media”.
También se estableció que solo se puede fumar en patios interiores o adyacentes o en salas destinadas al efecto, tratándose de establecimientos universitarios y de salud públicos o privados; teatros, cines, gimnasios, centros comerciales, supermercados. Esta restricción también rige para todas las oficinas públicas, “pero en ese caso, se puede fumar en las oficinas individuales siempre que tengan ventilación especial o ventanas que den al aire libre. Además se rigen por esta última regla, las oficinas privadas que tengan más de 10 empleados y si tienen menos de este número de trabajadores la decisión la tomaran los dueños o administradores escuchando a sus dependientes”, explicó.
Asimismo, el senador Viera Gallo, indicó que en el caso de pubs, restaurantes, casinos, salas de juegos, si estos locales tienen más de 100 metros y sus dueños o administradores quieren tener una sección fumadores, tienen que destinar el 60% del espacio para no fumadores y el 40% restante para fumadores. “Pero debe haber una división clara que impida el paso del humo”, explicó advirtiendo que si el local tiene menos de 100 metros, deben decidir “si será para fumadores o no fumadores”.

Además, anticipó una norma especial para los cabarets y discotecas donde se expenden bebidas alcohólicas y a las cuales no tienen acceso menores de 18 años. “En ese caso pueden optar a ser locales de fumadores o no fumadores, aunque tengan más de 100 metros de superficie”, precisó.
La Comisión de Salud tras despejar estos temas, además, dejó constancia de que no alcanzó a tratar dos materias como son la propaganda encubierta que es cuando pagan para que actores de TV o Cine aparezcan fumando en programas de televisión o en revistas y que los empleados que trabajan en lugares donde se fume, tienen que tener un beneficio especial, como sería un mejor programa de salud o exámenes médicos periódicos, “porque tienen un riesgo mayor para su salud”, concluyó el legislador.
DESDE EL sENADO, NORMAS MÁS CONTROVERTIDAS EN MATERIA DE TABACO: RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ rogofe47@hotmail.com tabaquismos21.blogspot.com

Monday, October 03, 2005

LUGARES EN QUE NO SE PODRÁ FUMAR....

Ley que protege a los no fumadores fijó espacios donde se podrá fumar
Terminaron las polémicas en torno a los lugares en que se prohibirá fumar. La Comisión de Salud, presidida por el senador José Antonio Viera Gallo, dirimió por unanimidad las diferencias y dejó el proyecto en condiciones de ser despachado definitivamente por la Sala, el miércoles 5 o la próxima semana en su primer trámite constitucional. Según lo informado por el parlamentario, “esto significa que no se podrá fumar ni dentro ni en los recintos aledaños de ascensores, medios de transportes, lugares donde se manipulan alimentos o medicamentos; en las bombas de bencinas; en los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media”. Además, solo se puede fumar en patios interiores o adyacentes o en salas destinadas al efecto, tratándose de establecimientos universitarios y de salud públicos o privados; teatros, cines, gimnasios, centros comerciales, supermercados. Esta restricción también rige para todas las oficinas públicas, “pero en ese caso, se puede fumar en las oficinas individuales siempre que tengan ventilación especial o ventanas que den al aire libre. También se rigen por esta última regla, las oficinas privadas que tengan más de 10 empleados y si tienen menos de este número de trabajadores la decisión la tomaran los dueños o administradores escuchando a sus dependientes”, explicó. Asimismo, el senador Viera Gallo, indicó que en el caso de pubs, restaurantes, casinos, salas de juegos, si estos locales tienen más de 100 metros y sus dueños o administradores quieren tener una sección fumadores, tienen que destinar el 60% del espacio para no fumadores y el 40% restante para fumadores. “Pero debe haber una división clara que impida el paso del humo”, explicó advirtiendo que si el local tiene menos de 100 metros, deben decidir “si será para fumadores o no fumadores”.
LUGARES EN QUE NO SE PODRÁ FUMAR: RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ, rogofe47@hotmail.com

Sunday, October 02, 2005

DESDE EL SENADO DE LA REPUBLICA

Proteger el derecho de los que no fuman....
Se reactiva polémica por ley que protege a los no fumadores: comisión de Salud analizará normas sobre lugares donde está prohibido fumar
Este lunes entre las 15:30 y las 18:30 horas está citada la instancia que debe resolver las discrepancias que existen sobre los sitios en que finalmente se podrá fumar. El presidente de la instancia, senador José Antonio Viera Gallo expresó su confianza en alcanzar un acuerdo.

Su confianza en alcanzar “una fórmula de consenso que recoja las inquietudes de los senadores sobre el proyecto, en primer trámite, que protege los derechos de los no fumadores”, expresó el senador José Antonio Viera Gallo, presidente de la comisión de Salud, que este lunes, 3 de octubre analizará las tres normas que generaron mayor debate en la Sala relativas a los lugares donde está prohibido fumar.
El encuentro está fijado entre las 15:30 y 18:30 horas en el ex Congreso Nacional y según el senador Viera Gallo se “tratarán de hacer algunas precisiones para llegar a la Sala con una fórmula que, manteniendo el mismo espíritu del proyecto, sea más precisa y se preste para menos equívocos”.
El parlamentario señaló que lo más probable es que se alcancen nuevas formulaciones de los artículos más controvertidos “para que el proyecto pueda obtener el apoyo de los senadores”. Agregó que “no creo que sea tan difícil alcanzar un consenso es cosa de discutir mejor y llegar a una alternativa viable para todos”. En lo específico los senadores integrantes de la comisión de Salud abordarán la prohibición de fumar “al interior de recintos o dependencias de los órganos de la administración pública, los establecimientos de educación superior públicos y privados, los aeropuertos, supermercados, casinos de juego teatros, cines, gimnasios, centros de atención al público, salvo en sus patrios o espacios al aire libre o en salas o lugares habilitados para tal efecto”. Cabe señalar que los senadores Evelyn Matthei y Jorge Pizarro, impugnaron dichas normas argumentando que se caería en un “absurdo”, ya que “significa que en una oficina privada no se podría fumar, aunque su ocupante sea fumador”. Asimismo, “no tendría sentido prohibir fumar en un casino de juego porque allí acuden sólo mayores de edad”.
Otro aspecto que deberán abordar los integrantes de la comisión de Salud son las críticas al proyecto por el presunto espíritu segregacionista que contendría. Al respecto el senador Viera Gallo señaló que “todos los estudios científicos demuestran que el humo del tabaco provoca cáncer y es especialmente dañino para los fumadores pasivos”.
Puntualizó además que “esta ley no es contra los que fuman sino para proteger el derecho de los que no fuman”, por ello descartó que se intente segregar a los fumadores porque los que quieran fumar lo harán donde no contaminen”.
Protegiendo el derecho de los que no fuman, Senado de Chile, Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com tabaquismos21.blogspot.com

Saturday, October 01, 2005

responsablilidad colectica y demandas contra compañías tabacaleras:

RESPONSABILIDAD COLECTIVA & JUICIOS CONTRA TABACALERAS

En los últimos tiempos se han interpuesto varias demandas contra las tabacaleras relativas a los efectos del tabaco en la salud. Muchas de estas demandas se han entablado en los Estados Unidos gracias al particular marco jurídico del país. Algunas personas han abogado porque se presenten las mismas demandas al "estilo americano" en los tribunales de otros países del mundo al objeto de crear una política común a través de los tribunales, en lugar de en parlamentos nacionales o asambleas legislativas.
En nuestra opinión las demandas exigiendo responsabilidad por los productos de tabaco interpuestas contra las tabacaleras como las juzgadas en los Estados Unidos no son la solución a la cuestión de cómo debería regularse el tabaco, y de hecho creemos que son contraproducentes para encontrar soluciones que sean efectivas. Es más, en contra de la imagen creada por los medios de comunicación, la inmensa mayoría de las demandas interpuestas contra las tabacaleras relativas al consumo de tabaco, incluidas las incoadas en los Estados Unidos, al final fueron desestimadas. Las legislaciones vigentes en muchos países no admiten tales demandas. En consecuencia, los procedimientos en los que se exige responsabilidad a las tabacaleras suelen ser procedimientos costosos e infructuosos que malgastan los recursos judiciales que en muchos países se necesitan para resolver problemas graves. La mejor forma de hacer frente a la polémica que rodea al tabaco es que exista una cooperación entre los distintos gobiernos y las empresas del sector y no los pleitos al estilo americano. Para más información pincha aquí:
http://www.jti.com/espanol/corp_responsibility/our_positions/litigation.aspx
Responsabilidada colectica y juicios contra tabacaleras: Rodrigo González fernández rogofe47@hotmail.com consultajuridica.blogspot.com

Sunday, September 25, 2005

ANALISIS DEL PERJUICIO QUE PROVOCA EL TABAQUISMO Y EL FUMADOR PASIVO.
SE REQUIERE UNA CAMPAÑA JURIDICO - MARKETERA PARA RESPONDER A MILES DE CIUDADANOS QUE PIDEN DEMANDAR A LAS COMPAÑIAS TABACALERAS Y AL ESTADO....

Documentos informativos Tabaco Salud
EDITADO AL ESPAÑOL: N. Herrera -_PWR-VENEZUELA- Media Project WHO
11va. Conferencia Mundial sobre Tabaco y Salud
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
– Chicago, Illinois, USA.
Editado al español por OMS/OPS Venezuela
Proyecto de Medios "Don´t be dupet" OMS

LITIGIO EN CONTRA DE LA INDUSTRIA DEL TABACO.
Las demandas judiciales en contra de la industria tabacalera pueden usarse para responsabilizar a ésta de sus desaciertos, además, con las mismas se pueden obtener muchos otros beneficios potenciales. (1)
Compensación: Las demandas ofrecen la posibilidad de obtener grandes retribuciones monetarias las cuales pueden ayudar a cubrir los costos médicos incurridos a causa del tabaquismo, a su vez pueden brindar algún tipo de compensación tanto para los sistemas de atención de la salud que son financiados por los gobiernos, como para los individuos afectados. Si se ganan estas demandas, se pueden forzar a las compañías tabacaleras para que paguen por los daños causados por sus productos obligándolos de esta forma a que aumenten los precios de los cigarrillos que, a su vez, ayudaría a reducir los niveles de consumo.
El Fortalecimiento de las Acciones Legislativas y Reglamentarias:
Con las demandas judiciales que se entablan en contra de la industria tabacalera se atrae la atención del público sobre los abusos de la industria y ponen de relieve tanto los riesgos que representa el tabaquismo para la salud pública y que ellos ocultan, como el fracaso de los gobiernos en la aplicación de medidas reguladoras.
Publicidad:
A través de los casos archivados, de los procedimientos previos a las audiencias y con las mismas audiencias judiciales, se pueden atraer la atención de los medios de comunicación y por ende, lograr una cobertura sustancial, que a su vez puede proporcionar un mayor fortalecimiento de la lucha antitabáquica desde las etapas iniciales, y de los cuerpos legislativos y reguladores. La cobertura de los medios es también importante pues sirve para deshacer el encanto de la industria tabacalera, y a la vez pone al descubierto los desaciertos de las corporaciones, lo cual es de gran utilidad para ayudar en los esfuerzos por un cambio de actitudes sociales frente al tabaquismo.
La Publicación de los Documentos:
Los sistemas legales permiten que se realicen "los descubrimientos" substanciales, los cuales son un conjunto de actos procesales destinados a que las partes de un litigio obtengan informaciones y pruebas relevantes sobre los hechos relativos a tal litigio y puedan entablar las demandas pertinentes.Con las demandas judiciales se han puesto al descubierto los documentos internos de la industria tabacalera los cuales arrojaron luces sobre las estrategias de la industria y sobre los daños ocasionados a la salud pública. Estos documentos no sólo sirven de ayuda en los pleitos judiciales sino que también pueden ayudar en los esfuerzos realizados por los cuerpos legislativos y reguladores.
Cambiando las Actitudes de las Compañías:
Además de la compensación monetaria, la parte demandante, especialmente si es el gobierno, puede exigir a la compañía tabacalera un cambio de actitud. En el caso de los Estados Unidos, los gobiernos estatales a través de discusiones conciliatorias pudieron negociar ciertos cambios en las prácticas de mercadeo del tabaco.
La Experiencia Estadounidense.
Las demandas emprendidas por los Estados Unidos, y que han atraído la atención del mundo por los billones de dólares que tuvo que pagar la industria tabacalera, son el producto de décadas de prolongados esfuerzos por responsabilizar a las compañías tabacaleras ante el sistema legal estadounidense. En un principio ninguna de estas demandas legales tuvieron éxito. Más de 800 casos de reclamos por daños y perjuicios personales ocasionados por la industria y archivados entre los años de 1950 y 1993 no fueron resueltos. Solamente fueron probados 23 casos y en aquel único caso donde los demandantes ganaron en la fase de la audiencia principal, no tuvieron éxito debido a las apelaciones introducidas. Las compañías tabacaleras tuvieron éxito en las rondas iniciales de demandas por las siguientes razones:
lanzaron las más agresivas y costosas defensas, rehusaron entablar negociaciones, se resistieron a las ordenes de la corte a suministrar documentos y solicitaron la postergación de los juicios con el fin de minar la parte demandante en cuanto al aspecto financiero y emocional; y
aún cuando niegan el hecho de que el tabaquismo ocasiona problemas para la salud, los
abogados que trabajan para la industria sostienen que los fumadores están conscientes de
los riesgos que implica el tabaquismo. Según ellos, los fumadores deciden voluntariamente fumar y que por lo tanto "asumen el riesgo".
Sin embargo, esta ola de demandas legales ha puesto al descubierto documentos importantes, también ha puesto en el tapete los desaciertos de las compañías e incluso ha logrado atraer, de una u otra forma, la atención de los medios.
Los estados y la coalición conformada por varios bufetes de abogados iniciaron una nueva ronda de demandas a mediados de la década de los 90. Estos juicios se basaron en dos principios:
Reembolsos de los Gastos Médicos: En Estados Unidos, los diferentes estados entablaron demandas legales a fin de obtener reembolsos por concepto de gastos de atención médica para sus asegurados víctimas de enfermedades ocasionadas por el tabaquismo También se presentaron cargos por la violación de la ley antimonopolio y de las leyes de protección al consumidor. Las compañías de seguros privadas y los departamentos de atención salud de los sindicatos demandaron a las compañías tabacaleras utilizando los mismos planteamientos teóricos que presentaron los gobiernos estatales.
Acciones de Clase: Las víctimas se unieron para entablar acciones de clase (consisten en demandas en donde un integrante de un grupo o clase entabla juicio en nombre y en beneficio de los demás integrantes del grupo o clase, es así que las partes afectadas que comparten los mismos casos unen sus demandas en una sola acción). En algunas de estos juicios se hizo énfasis sobre el aspecto de la adicción, y se exigieron indemnizaciones además de la implementación de programas dirigidas a abandonar el hábito. Otros se centraron en los desmanes de la industria tabacalera y en los daños que ocasionan sus productos en un significativo número de fumadores y no fumadores.
Ambos tipos de acciones de clase se basaron en documentos que habían sido previamente revelados y en donde se ponía de manifiesto que la industria tabacalera estaba consciente desde hace mucho tiempo de los daños que producían los cigarrillos (incluyendo la adicción) Además los documentos también revelaban aspectos sobre la conducta inadecuada y deliberada de la industria tales como la manipulación de los niveles de nicotina en sus productos.
Estas demandas generaron serios problemas a la industria y afectaron la estimación de sus productos y la imagen pública.
A finales de 1998, la industria hizo convenios con todos los estados que conforman el país en un intento por poner fin a las principales demandas iniciadas por dichos estados. Las compañías acordaron en desembolsar más de 10 billones de dólares por año por un tiempo ilimitado, acatando ciertas restricciones de mercado y divulgando públicamente los 35 millones de páginas de los documentos internos de la compañía. La industria también terminó con una demanda de acción de clase que se había entablado a favor del personal no fumador de las aerolíneas, acordando pagar 300 millones de dólares para un fondo de fideicomiso
Desde entonces, la industria ha sufrido una serie de reveses legales. El Departamento de Justicia de los Estados Unidos presentó demandas legales a las compañías con el objeto de lograr cambios en los procedimientos de la industria y de recuperar el dinero gastado por los programas federales en el sector salud para el tratamiento de enfermedades causadas por el tabaquismo. Los jurados de los estados de California, Oregon y Florida responsabilizaron a las compañías de tabaco por los daños causados a los fumadores así como por daños punitivos substanciales. La más drástica de las acciones fue la tomada por un jurado en Florida en una demanda del tipo acción de clase en la que se encontró que toda la industria tabacalera de los Estados Unidos tenía suficientes motivos de censura por daños punitivos.
Demandas fuera de los Estados Unidos.
En los últimos años un gran número de gobiernos fuera de los Estados Unidos han emprendido demandas en contra de las compañías de tabaco (2). En algunos países las personas han demandado a las industrias de manera individual o han emprendido acciones de clase. Tal como sucedió en el mes de Mayo de 2000:
Las Islas Marshall así como la provincia canadiense de Columbia Británica entablaron juicios en las cortes locales en contra de la industria del tabaco con miras a la obtención de reembolsos de los gastos médicos. El fondo para la salud más grande de Israel presentó demandas en contra de las compañías tabacaleras de Estados Unidos, Gran Bretaña e Israel con el fin de obtener las indemnizaciones pertinentes por los gastos médicos incurridos.
Se entablaron demandas legales en las cortes locales de Australia, Brasil, Canadá, India y Nigeria con el fin de sancionar a las multinacionales del tabaco y / o sus compañías filiales. En Israel, se presentó una demanda de acción de clase en contra de la compañía tabacalera israelí, Dubek.
Personas ya sea de manera individual o conformando pequeños grupos han presentado demandas en contra de las compañías tabacaleras en países como: Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Finlandia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Japón, Holanda, Noruega, Polonia, Sudáfrica, Corea del Sur, Sri Lanka y Turquía.
Los gobiernos de las distintas provincias de Colombia han entablado demandas en contra de la Philip Morris alegando que ésta ha estafado al fisco local por billones de dólares a través de un complejo esquema de contrabando y lavado de dinero. Del mismo modo, el gobierno de Ecuador presentó una demanda similar haciendo responsable por conducta ilícita a la empresa Philip Morris y la R.J Reynolds por evasión de impuestos a través del contrabando. Por otra parte, El gobierno de Canadá está demandando a la R.J. Reynolds por su supuesta implicación en operaciones de contrabando los cuales permitieron la desestabilización de las políticas impositivas del gobierno (3).
Los gobiernos de Bolivia, Guatemala, Nicaragua, Panamá, Ucrania, Venezuela, varios estados de Brasil, al igual que la provincia canadiense de Ontario presentaron demandas
en los Estados Unidos con el propósito de obtener de las compañías tabacaleras los reembolsos por concepto de gastos médicos para la atención de la salud. En Diciembre de 1999, el caso presentado por Guatemala fue rechazado por el juez que presidió el tribunal alegando que el gobierno no pudo probar "daños directos" por las acciones de las tabacaleras (4). El mismo juez también rechazó los casos presentados por Nicaragua y Ucrania.
Hasta el momento del fallo en contra del caso de Guatemala, varios analistas en materia legal opinaron que los Estados Unidos era el lugar de debate más idóneo debido, entre otras razones, a los "discovery rules" (conjunto de reglas procesales destinados a que las partes de un litigio obtengan información y pruebas sobre los hechos relativos a tal litigio) y a la ausencia de requerimientos en donde la parte litigante perdedora pague los gastos de la parte ganadora.
La forma cómo se desarrollen las demandas legales emprendidas por los países (excluyendo a Estados Unidos), dependerá en parte del lugar donde se presenten. Los sistemas legales de los "discovery rules" y de las compensaciones difieren. Los sistemas legales de algunos países, pueden impedir que prospere una acción legal de un caso civil en contra de la industria tabacalera, mientras que otros no estarían lo suficientemente habilitados para manejar tales casos por demás extensos, debido principalmente a las estrategias de la industria por obstaculizar y retardar los procesos y por el incumplimiento de las órdenes judiciales. Por otra parte, la mayoría de los cuerpos legisladores tienen el poder de adoptar leyes de autorización o habilitación (tal como hicieron en Columbia Británica) con el fin de vencer algunos de estos obstáculos. Incluso algunos juristas conservadores se verán motivados a actuar cuando tengan que enfrentarse con la industria y su afrentosa conducta.
Conclusión
Mientras que por una parte los litigios en contra de la industria del tabaco ofrecen beneficios potenciales y significativos, por otra parte requieren tanto de habilidad y pericia como también de recursos, y pueden no ser una estrategia del todo viable para todos los sistemas legales. A la final, la decisión de emprender demandas dependerá del estudio cuidadoso y detenido de las leyes y del marco legal de cada país. Aun cuando las probabilidades de un éxito legal se vean empañadas los litigios se consideran muy valiosos puesto que fomentan cambios legislativos o reglamentarios.
Recursos en la Red
Tobacco Products Liability Center
http://www.tobacco.neu.edu/
Roberta B. Walburn, "The Prospects for Globalizing Tobacco Litigation", WHO’s
International Conference on Global Tobacco Control Law: Towards a WHO Framework Convention on Tobacco Control, New Delhi, India, 7 January 2000
http://www.who.int/toh/fctc/delhi/delhipapers.html
Graham E. Kelder and Richard Daynard, "The Role of Litigation in the Effective Control of the Sale and Use of Tobacco", Stanford Law & Policy Review,Vol. 8, 1997.
Carrie Johnson, "Wave of Foreign Tobacco Suits Hits U.S. Shores",Legal Times, 23 November 1998.
For details see http://www.public-i.org/story 01 052300.htm and Meg Richards, "Ecuador Files Tobacco Suit", Associated Press, 6 June 2000, and
http://www.nsra-adnf.ca/english/smuggling.html
(4) Bill Miller, U.S. Court Rejects Guatemala Suit: Judge Says it Cannot Prove "Direct
Injury" by Cigarette Makers,"Washington Post, 31 December 1999.

Consultor: Natasha Herrera
natasha@ven.ops-oms.org

Tabaquismo, demandas a las compañías Rodrigo González, consultajuridica.blogspot.com. rogofe47@hotmail.com, tabaquismos21.blogspot.com

Tuesday, September 20, 2005

DAÑO AL FUMADOR PASIVO, UNA REALIDAD+MUERTE

ANALISIS DEL PERJUICIO QUE PROVOCA EL TABAQUISMO Y EL FUMADOR PASIVO.
SE REQUIERE UNA CAMPAÑA JURIDICO - MARKETERA PARA RESPONDER A MILES DE CIUDADANOS QUE PIDEN DEMANDAR A LAS COMPAÑIAS TABACALERAS Y AL ESTADO

Recomendaciones.
Comuniquemos a nuestros familiares, amigos y compañeros que el humo del tabaco es molesto, perjudicial y que no queremos sufrir sus efectos.
En casa se deben restringirse los sitios donde se fume; estos se limitaran a lugares bien ventilados.
Colabore para que no se permita fumar en los centros de uso publico (Lugares de trabajo, centros sanitarios, de enseñanza, en los transportes, ascensores, en las superficies comerciales, supermercados, entre otros).
Informe a los fumadores activos acerca de cuan dañino es el cigarrillo como tal y el humo que se desprende este.
Educar en forma preventiva sobre el uso del cigarrillo desde el pre-escolar hasta el ultimo año de la escuela.
Instruir sobre los problemas fisiológicos y sociales negativos a corto y a la largo plazo del tabaquismo, normas entre compañeros en cuanto al uso del tabaco y habilidades para negarse a consumir el mismo.
Por parte de los padres, supervisar la actitud de sus hijos frente al cigarrillo y prevenir e informar a los mismos acerca de los problemas que este acarrea.DO....

SALUDOS RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, consultajuridica.blogspot.com

Monday, September 19, 2005

DIRECCIONES DE INTERNET SOBRE TABAQUISMO

ANALISIS DEL PERJUICIO QUE PROVOCA EL TABAQUISMO Y EL FUMADOR PASIVO.
SE REQUIERE UNA CAMPAÑA JURIDICO - MARKETERA PARA RESPONDER A MILES DE CIUDADANOS QUE PIDEN DEMANDAR A LAS COMPAÑIAS TABACALERAS Y AL ESTADO....



DIRECCIONES DE INTERÉS SOBRE TABAQUISMO EN INTERNET

A) En Español

1.- www.atenciontabaquismo.com:
Programa En Compañí@ de ayuda a los profesionales sanitarios para intervención en tabaquismo. Contiene noticias de actualidad relacionadas con el tabaco; Manuales de intervención dirigidos a profesionales de atención primaria, especializada y salud laboral; Protocolos de intervención para el tratamiento del tabaquismo según tres niveles de intensidad( I. Mínima, apoyo breve y tratamiento extenso); Guías de ayuda para dejar de fumar; Materiales de apoyo (Ilustraciones, Modelo de intervención grupal, con nº y contenido de sesiones), Publicaciones (Revista Prevención del Tabaquismo, Manual de Prevención y Tratamiento del tabaquismo)

2.- www.separ.es:
La página de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica cuenta con una sección dedicada al tabaquismo, dentro del apartado de grupos de trabajo. Contiene la normativa SEPAR para el tratamiento del tabaquismo, y se indican referencias de las publicaciones de dicha área respecto al tabaquismo (Manual de Prevención y Tratamiento del Tabaquismo). Asimismo publica íntegramente en formato electrónico la revista Prevención del Tabaquismo, del Área de Tabaquismo de SEPAR, de publicación trimestral. Está dirigida tanto a profesionales sanitarios como de la educación y los medios de comunicación, con artículos muy diversos e interesantes. Es la única dirección en la que se ofrece consejo personalizado y seguimiento directo a los fumadores que quieran dejarlo.

3.- www.sedet.es:
La Sociedad Española de Especialistas en Tabaquismo ofrece en su página noticias y resúmenes de las publicaciones más relevantes, comentadas por expertos. Es una buena forma de seleccionar lo que es interesante leer. Hace asimismo una selección de noticias de interés, en epidemiología, prevención, investigaciones, actualizaciones terapéuticas, y nuevas perspectivas en el abordaje del tabaquismo. Cuenta con una sección denominada Galería de Imágenes sobre publicidad en el tabaco y también contra del tabaco.

4.- www.cnpt.es:
El Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo (CNPT) es la organización que agrupa 24 organizaciones de profesionales sanitarios y mantiene vínculos con otras organizaciones implicadas e interesadas en la prevención del tabaquismo. Además, forma parte de la Red Europea de Prevención del Tabaquismo, que agrupa a coaliciones similares de los diversos países de la Unión Europea. En su página pone a disposición de los profesionales sanitarios el programa Corta Por lo Sano, que es un guión práctico y atractivo para el apoyo y formación de profesionales dela Salud en Prevención y Tratamiento del Tabaquismo. Está disponible en formato de texto (Word y PDF) y en presentación de diapositivas para Power Point. También dispone de Archivos de imágenes de publicidad del tabaco, Guía de ayuda para dejar de fumar y Sección de Información sobre situación del problema, políticas de control, publicidad, legislación etc.

5.- www.papps.org:
La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) ha iniciado un proyecto para la puesta en marcha de un Programa de Actividades Preventivas y de Promoción de la Salud (PAPPS). Dentro de estas actividades se detallan las más actuales respecto del abordaje del tabaquismo. Dispone de una Guía de ayuda para dejar de fumar muy completa.

6.- www.msc.es :
El Ministerio de Sanidad y Consumo publica en esta página Web los resultados de la encuesta nacional de salud de España 1997(Información y Estadísticas Sanitarias). Entre otros datos de interés, podemos ver los porcentajes de fumadores, no fumado-res y exfumadores en la población general, y la evolución del consumo de tabaco en los últimos años. Informa sobre la legislación referente al tabaquismo y contiene el programa de prevención del tabaquismo “Corta por lo sano”

7.- www.fisterra.com:
Fisterra es una página de contenido muy variado sobre temas relacionados con la atención primaria, desde noticias de actualidad, secciones de medicina basada en la evidencia, material de apoyo para la consulta y un directorio de guías clínicas entre las cuales tiene elaborada una guía de tabaquismo.

8.- www.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs.htm:
Página del Sistema Canario de Salud conteniendo una de las primeras guías de ayuda para dejar de fumar que se elaboraron en nuestro país.

9.- www.sanat-tabaquismo.com/Comienzo.html Pagina de inicio de la Sociedad Andaluza de abordaje al tabaquismo, con múltiples recursos, tanto de información en general , como para pacientes, destaca también la selección de paginas sobre enfermería y tabaquismo.

10.- www.mujerytabaco.net Pagina de reciente aparición, cuya principal característica es el abordaje de genero en tabaquismo, con algunas partes aun en construcción.


B) En Inglés y Español:
11.- www.lungusa.org/partner/quit/step02.html:
La página de la American Lung Association. Ofrece un plan para dejar de fumar en tres niveles, con información bien estructurada. Lo más interesante sean los consejos prácticos para dejar de fumar, y la tabla dedicada a describir las distintas medicaciones para el tratamiento sustitutivo con nicotina y bupropión.

12.- www.surgeongeneral.gov/tobacco:
Contiene una guía práctica para dejar de fumar, destinada al público en general, bien estructurada y con consejos útiles, en inglés y en castellano. Editada por el College of Surgeon General de EE.UU., cuenta con varios enlaces de interés: Instituto Nacional del Cáncer, Centros para el Control de Enfermedades, etc.

13.- www.globalink.org:
Página de la Unión Internacional Contra el Cáncer, tiene como objetivo ayudar a la prevención de tabaquismo a través de Internet. Hay que registrarse como miembro de Globalink, enviando los datos que se solicitan en la hoja de inscripción. Gran cantidad de bases de datos, legislación, noticias sobre el tabaquismo en todo el mundo, Permite a sus miembros intercambiar información y opiniones mediante “news-groups” o “listserv”

14.- www.who.int/es/index.html.
Página de la O.M.S, dedicada específicamente a la iniciativa adoptada en 1998“Liberarse del Tabaco” (Tobacco Free Initiative). destinada a coordinar y mejorar la respuesta estratégica mundial contra el tabaquismo. Posee noticias, datos estadísticos de consumo de tabaco, reuniones, congresos, acuerdos de gobiernos, etc.

C) En Inglés:

15.- www.tobacco.org:
Tiene numerosas secciones bien estructuradas. La sección dedicada a la historia del tabaquismo está especialmente bien documentada, con unos comentarios acerca de la cronología de su desarrollo a través de la historia. Las secciones dedicadas a documentos, archivos y direcciones de Internet son muy interesantes.

16.- http://tc.bmjjournals.com:
Es la revista más prestigiosa a nivel mundial en prevención del tabaquismo. Ofrece la posibilidad de acceder a los resúmenes de los artículos publicados en la misma, y a los artículos completos mediante el pago de una cantidad. Puede resultar útil para conseguir un artículo muy concreto por el que se tenga un especial interés.

17.- www.srnt.org:
Society for Research on Nicotineand Tobacco. Dedicada el estudio de la nicotina y sus efectos. Celebran un congreso anual, y las comunicaciones, pósteres y ponencias de dicho congreso se pueden consultar en esta Web. Publican la revista“Nicotine and Tobacco Research”, cuyos resúmenes se pueden consultar en esta página.

18.- www.tobaccofreekids.org:
Ofrece artículos críticos sobre actuaciones de la industria tabaquera, iniciativas para el control del tabaquismo, noticias de interés…Uno de los recursos más atractivos es una galería de imágenes de la publicidad del tabaco, comentada y clasificada por países, muy útil para elaborar una presentación sobre la publicidad y su influencia como arma fundamental en el inicio y mantenimiento del tabaquismo.

19.- www.speakerskit.chestnet.org/index.html:
Ofrece ayuda a los que tengan que preparar una presentación sobre tabaquismo, con Kits de diapositivas comentadas sobre la historia del tabaco, control del tabaquismo, el tabaquismo en la mujer, en los niños,.Está orientada a la prevención del tabaquismo en los niños.
20.- http://www.ash.org.uk/
Action on Smoking and Health, pagina de campaña publica en Inglaterra, no dependiente del NHS, al cual presiona para aumentar su lucha contra el tabaquismo con múltiples recursos sobre epidemiologia, prevención y tratamiento para publico y profesionales.
21.- http://www.cdc.gov/tobacco/data.htm
Pagina del CDC especifica en tabaquismo, con la calidad científica de al pagina que lo avala.
22.- http://www.ensp.org European Network for Smoking Prevention, grupos de trabajo europeos , con muchos documentos interesantes y mas cercanos a nosotros.
23. http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=15190529

Página elaborada por Vidal Barchilón.
12-5-04
SALUDOS rODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, consultajuridica.blogspot.com. rogofe47@hotmail.com

Sunday, September 18, 2005

NUEVOS DERECHOS DESDE LA OIT

ANALISIS DEL PERJUICIO QUE PROVOCA EL TABAQUISMO Y EL FUMADOR PASIVO.
SE REQUIERE UNA CAMPAÑA JURIDICO - MARKETERA PARA RESPONDER A MILES DE CIUDADANOS QUE PIDEN DEMANDAR A LAS COMPAÑIAS TABACALERAS Y AL ESTADO....

Encendiendo la oposición Fumar en el trabajo: los no fumadores consiguen nuevos derechos
Uno de los más importantes males para la salud y para la seguridad en el trabajo de nuestros tiempos, el tabaco, está desapareciendo lentamente, pero de manera definitiva de los lugares de trabajo.
Para el Día Mundial sin tabaco de este año (31 de mayo), la OIT ha elaborado un informe (Nota 1) que nos da una una visión global de los esfuerzos de los no fumadores en los puestos de trabajo donde estamos y donde cada vez es más difícil fumar. A pesar del establecimiento de la clara relación entre fumar tabaco y cáncer, muchos fumadores intrépidos siguen afirmando que sus derechos están siendo vulnerados por esfuerzos para prohibir su hábito. Una prohibición de fumar para funcionarios municipales, ya sea durante el trabajo o fuera de él, en la pequeña localidad noruega de Levanger, encendió la polémica y obligó a un tribunal local a sentenciar que fumar durante el trabajo era un derecho fundamental. No obstante, el 1 de junio Noruega introducirá nuevas leyes anti tabaco que prohiben fumar en los restaurantes, y las encuestas muestran que el 59% de los ciudadanos está a favor de la medida. A pesar del caso especial de Noruega, los no fumadores están lentamente, pero de manera segura, dominando la situación. En Irlanda una prohibición de fumar en el trabajo levantó algunas críticas predecibles, pero unas multas severas y un visible control de la prohibición parecen estar surtiendo efecto. Así todo, Europa va muy por detrás de los esfuerzos de Norteamérica por desvanecer el riesgo de muerte potencial debido al tabaco. Un referéndum llevado a cabo en Florida en 2002 puso de manifiesto la importancia que los americanos conceden a los espacios limpios de humo al votar un abrumador 70,8% en favor de una enmienda constitucional que prohibiera fumar en lugares de trabajo cubiertos, restaurantes incluidos. Al hacer esto, Florida se unía a California, Maine, Utah y Vermont, y a ciudades como Nueva York y Boston, que también habían aprobado leyes similares. El mundo no puede quedarse atrás. Un nuevo estudio del programa para la seguridad en el trabajo de la OIT titulado "Fumar en el trabajo" muestra que la actitud hacia el tabaco está cambiando en todo el mundo, aunque a algunos trabajadores les queda mucho todavía para conseguir un aire limpio en sus lugares de trabajo, especialmente en el sector de la sanidad. "Estamos tratando uno de los problemas mas serios sobre la seguridad y salud en el trabajo de nuestro tiempo" dice Carin Hakansta, autor del citado informe. "Los efectos negativos sobre la salud del fumador y del fumador pasivo son de conocimiento publico en muchas partes del mundo". Los no fumadores respiran los mismos elementos tóxicos que los fumadores, con efectos similares, aunque menos graves. Mientras la mayor parte del debate sobre los fumadores pasivos se concentra en el cáncer de pulmón y en la respiración, los efectos sobre el corazón se revelan como más importantes. Según la Organización Mundial de la Salud hay 15 veces más muertes de fumadores pasivos por problemas de corazón (de 35.000 a 62.000 fallecimientos anuales en EEUU) que por cáncer de pulmón. Muchos empleadores, especialmente en grandes empresas, consideran ahora que un ambiente libre de tabaco es un tema importante. El estudio cita ejemplos de iniciativas salariales para los trabajadores que dejen de fumar y de "policías antitabaco" que garanticen el cumplimiento de la prohibición. Finalmente, los gobiernos, cada vez en mayor medida, están institucionalizando estrategias para reducir el consumo de tabaco a través de leyes, programas nacionales, entidades coordinadoras y con campañas masivas. En Irán, el efectivo programa contra el tabaco parece haber conseguido reducir el consumo del mismo del 14,6% en 1991 al 11,7% en 1999. ¿Una reacción mixta?
Con todo, y a pesar de los poderosos argumentos para conseguir entornos libres de humo, el tabaco no es siempre un asunto prioritario para los gobiernos. Esto es particularmente notorio en los países en desarrollo, donde los presupuestos para sanidad son demasiado pequeños y compiten con enfermedades muy serias como la malaria y el SIDA. En los países productores de tabaco, especialmente en Africa, la regulación de los riesgos de fumar entra en conflicto con las exportaciones de tabaco, que constituyen una importante fuente de ingresos y son creadoras de empleo. Esto es así, a pesar de el hecho de que la carga económica del fumar es a menudo más pesada para aquellos países que más necesitan los ingresos derivados del tabaco. En los países pobres, la porción de los ingresos dedicada a los productos del tabaco podría ser gastada en bienes esenciales, como comida, ropa o para pagar un colegio. El estudio cita una encuesta llevada a cabo entre conductores de carritos (rickshaws) en Dhaka, Bangladesh, que dedican un 40% de sus ingresos para fumar, mientras en Minhang, China, este porcentaje se eleva hasta casi un 60%. Según la Organización Mundial de la Salud, que este año está haciendo campaña contra el tabaco y la pobreza en el Día Mundial sin Tabaco, esto no se limita a los países en desarrollo- un trabajador en Copenhague tiene que trabajar 23 minutos para comprar un paquete de cigarrillos de importación, mientras que un trabajador en Nairobi necesita 158 minutos. Seis pasos para conseguir un lugar de trabajo sin humo
Citando ejemplos de todo el mundo, el estudio de la OIT identifica seis elementos para conseguir lugares de trabajo sin humo:
Alianzas innovadas: bajo la "Coalición de California", el sector de la sanidad unió fuerzas con los sindicatos y juntos consiguieron la Smokefree workplace law (Ley del lugar de trabajo sin humo) en California que se aprobó en 1995. En otros países, la religión juega un papel muy importante. En Bhutan fumar es pecado y se ha comprometido con la OMS en convertirse en el primer país del mundo en el que no se fume. En una conferencia regional celebrada en 2002 para hablar sobre el budismo y el control sobre el tabaco asistieron monjes de Camboya, Tailandia y Sri Lanka.
Fumar es un problema de salud y seguridad en el trabajo: las autoridades nacionales de seguridad y salud en el trabajo en EEUU, Australia y la provincia de British Columbia en Canadá reconocieron el problema de fumar en el trabajo.
Información y comunicación: una encuesta sobre protección de los no fumadores en restaurantes y bares en cinco países europeos (Finlandia, Francia, Bélgica, Alemania y España) llevada a cabo en 2003, demuestra la importancia de la estrategia de comunicación para una exitosa implementación de la legislación. El 98% de los entrevistados en Finlandia, pero solo el 73% de los entrevistados en Francia, eran conscientes de que existía una ley antitabaco en el país.
Directrices concretas: el estudio analiza 18 directrices para conseguir lugares de trabajo libres de humo.
Programas de asistencia en los lugares de trabajo: en Noruega, el gobierno ofrece un programa nacional para prevenir y dejar de fumar. Muchos empleadores polacos ofrecen primas a los salarios normales para los trabajadores que dejen de fumar. Además de las sanciones económicas, los empleadores italianos inducen a sus empleados a dejar de fumar retirando los ceniceros de los pasillos, poniendo notas informativas, y designando "policías anti tabaco" en cada una de las plantas de algunos edificios.
Un proceso global y dinámico que, cuando se desarrolle una política anti tabaco, involucre a los sindicatos y a todas las secciones relevantes de la empresa o de la organización Así todo, conseguir quitar la humareda del tabaco producido por la legión de fumadores que hay en el mundo no será tarea de un solo día. Como dice el autor Hakansta, "pasará tiempo hasta que el nivel de alarma llegue hasta donde debe estar y antes de que los principales actores traten el asunto de manera responsable".
Nota 1 - "Workplace Smoking - A Review Of National and Local Practical and Regulatory Measures", de Carin Håkansta. OIT, 2004.

SALUDOS RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ consultajuridica.blogspot.com

Saturday, September 17, 2005

ANALISIS DEL PERJUICIO QUE PROVOCA EL TABAQUISMO Y EL FUMADOR PASIVO.
SE REQUIERE UNA CAMPAÑA JURIDICO - MARKETERA PARA RESPONDER A MILES DE CIUDADANOS QUE PIDEN DEMANDAR A LAS COMPAÑIAS TABACALERAS Y AL ESTADO....



Los absurdos en que puede incurrir la ley
Por Jorge Pizarro, senador por la Región de Coquimbo

Senador Jorge Pizarro, región de Coquimbo, TAMBIÉN HA OPINADO RESPECTO A QUE EL tabaco mata ...pero....
Es evidente que con la ley que protege los derechos de los no fumadores, nuestro deber es, por un lado hacer eficiente la ley, y por otro, ir generando una cultura de no fumar en espacios donde se pueda objetivamente afectar a los otros conciudadanos. Y desde esa perspectiva, cuando se prohibe fumar en los medios de transportes, los espacios cerrados, como ascensores, los establecimientos de educación, en algunos casos se puede llegar al absurdo.

Se habla de los medio de transportes de uso público o colectivo. Puede que haya transportes que sean colectivos, pero que sean privados que no sean de libre acceso a cualquier persona o que sean arrendados, que sean contratados para cumplir determinadas funciones o servicios.

Yo me imagino que si en un momento determinado un grupo de adultos fumadores del Senado, ejerciendo sus derechos a hacer una gira, contratan un bus, que es transporte colectivo, ¿por qué no van a poder fumar, aunque estén todos decididos a fumar y sea su libre albedrío poder fumar? Creo que se exageran demasiado las situaciones.

Por otra parte, las restricciones rigen para los órganos de la Administración del Estado, pero el Congreso Nacional no forma parte de ella, porque somos un Poder independiente, distinto, por lo tanto no lo afectaría. Pero sería francamente más absurdo que obligáramos a todos los otros a determinadas normas y este Congreso quedara libre.

No sólo nos van a objetar, nos pueden realmente vilipendiar con toda razón, porque una vez más vamos a hacer uso de privilegios que no somos capaces de justificar.

También me llama la atención la restricción para los casinos de juegos. ¿Por qué los casinos de juegos que tienen una reglamentación especial?. Esta ley, que protege el derecho de los no fumadores a vivir en un ambiente libre de contaminación, establece una prohibición de venta de tabaco para los menores de edad. Pero, los menores de edad no pueden entrar a los casinos de juego. No veo por qué en los casinos de juego van a tener un tratamiento distinto de lo que pueden ser los restoranes.

Yo no fumo ni juego tampoco. Pero me llama la atención, porque si hemos autorizado el funcionamiento de los casinos de juego y prohibimos el expendio de cigarrillos, es mejor que derechamente vamos a la prohibición total y absoluta del tabaco. Pero este tipo de normas yo creo que lo único que hacen es desprestigiar un proyecto que busca objetivos loables. Segregación

Después, cuando se empieza a hablar de que los adultos fumadores, podrán hacerlo en su patios o espacios al aire libre o en salas o lugares especialmente habilitados, etcétera, a mí se me empieza a producir una situación de segregación respecto de los adultos fumadores que puede llegar a atentar hasta con sus derechos más elementales, porque empiezan a ser segregados, discriminados, vilipendiados como fumadores.

Entonces prohibamos derechamente el tabaco. No autoricemos por un lado, y después limitemos y hagamos situaciones absurdas. Van a aparecer verdaderos monos exhibidos dentro una jaula de los restoranes aquellos que quieran fumar, porque tal como están establecido en el proyecto, tienen que estar clara y totalmente aislados, y los locales deben contar con mecanismos que impidan el paso del humo hacia el resto del recinto, ventilación al aire libre. No podrán ubicarse en zonas que constituyan un paso obligado de los no fumadores. ¡Por favor! Yo creo que, además, hay otro problema grave en el caso de los restoranes,

Lo quiero decir con todas sus letras. También estamos atentando contra las relaciones que se puedan dar en los núcleos más íntimos de la familia. Fíjense que los padres pueden fumar en sus casas, después de que terminan de almorzar, delante de los hijos. Y, sin embargo, le vamos a cambiar las conductas cuando vayan a un restorán, les vamos a decir “sabe que, los papás tienen que comer dentro de una jaula de monos, y los hijos tienen que comer en otro lado”. O sea estamos llegando a situaciones francamente absurdas.

Yo he escuchado hasta la saciedad el problema, de que aquí tenemos que legislar porque el tabaco mata. Y como el tabaco mata hay que hacer una ley que prohiba el consumo del tabaco, pero no he escuchado al Ministro de Salud,, decir que esta ley prohíbe total y absolutamente el consumo del tabaco. Aquí se puede fumar, se puede comercializar tabaco. Entonces, prefiero derechamente que el Gobierno diga que está disponible para una ley que prohiba total y absolutamente el tabaco, la comercialización, el consumo, a todos los ciudadanos y yo la voy a votar a favor. Y la voy a votar a favor, pero no estemos en este debate absurdo, en que por un lado nos dan los argumentos de que el tabaco mata y nos hacen el juicio moral y, por otro lado, decimos “No, si se puede comercializar, pero bajo ciertas condiciones.”..
Saludos Rodrigo González Fernández, desde consultajuridica.blogspot.com